Esto, de acuerdo con el decreto que le transfiere los poderes que antes estaban en manos de una autoridad civil, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). Entre sus nuevas facultades, por ejemplo, estará permitir la entrada y salida de embarcaciones de puertos, abanderar embarcaciones y verificarlas, además de conceder permisos de operación.
También será su facultad investigar cualquier accidente ocurrido en vía navegable e imponer sanciones por infracciones legales. Sin embargo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes continuará coordinando el desarrollo de la infraestructura portuaria del país y estableciendo las bases para la regulación tarifaria de los servicios de transporte marítimo de pasajeros.
La Cámara Mexicana de la Industria del Transporte Marítimo (Cameintram), consideró que la transferencia de responsabilidades debió ser completa. “Veíamos delicado que las atribuciones una parte la tenga una Secretaría y otra parte la tenga otra (…) O pasaban todo de un lado o se quedaba todo de un lado”, dijo Armando Rodríguez, director general del organismo.
“Vamos a tener que atender a dos autoridades, y esto va a generar más tiempo”, agregó.
Por el contrario, la Asociación Mexicana de Agentes Navieros (AMANAC), puso en duda que el cambio vaya a tener un impacto negativo sobre la eficiencia en la operación.
Miguel Ángel Andrade, director general de ese organismo empresarial, explicó que, desde hace varios meses, elementos de la Marina están presentes en los puertos de Lázaro Cárdenas y Manzanillo, los más importantes en la Costa del Pacífico, sin retrasar el movimiento de los cargamentos.
“Nosotros como usuarios del Puerto no hemos tenido ningún problema, no ha habido tal afectación, como se suponía”, dijo Andrade semanas antes de que se aprobara la transferencia de atribuciones. Además, consideró que la medida es importante, porque busca reforzar la seguridad en los puertos.
La iniciativa para llevar a cabo estas modificaciones fue propuesta por el Ejecutivo apenas en marzo del 2016, y para el 30 de noviembre, ya había sido aprobada por el Pleno del Senado. El 14 de diciembre, fue aprobada también por la Cámara de Diputados, con 339 votos a favor, y turnada al Ejecutivo federal para su promulgación.
El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre, y, de acuerdo con el artículo transitorio 1, la medida entrará en vigor exactamente 180 días después.
Fuente: Periódico Reforma/ Alan Fuentes.